Bogotá.D.C. Febrero 21 de 2011. El Gobierno Nacional expidió el Decreto 403 de 2012 que modifica el Decreto 4946 de diciembre 30 de 2011 por el cual se dictan disposiciones en materia del ejercicio de aplicación voluntaria de las normas internacionales de contabilidad e información financiera, por parte de las empresas de interés público.
El nuevo decreto amplía las fechas y establece que auienes participen voluntariamente en el periodo de prueba de las Normas Internacionales de Contabilidad e Información Financiera llevarán sus registros contables bajo NIIF a partir del 1º de enero del 2013 y presentarán sus primeros estados financieros de propósito general bajo NIIF con corte al 31 de diciembre del 2013. Así lo estableció el Ministerio de Comercio al modificar el Decreto 4946 del 2011
Según el Decreto 4946 de 2011, las empresas y/o entes económicos que, previa autorización de la autoridad estatal competente, captan, manejan o administran recursos del público, continuarán llevando su contabilidad de acuerdo con normas locales (ColGAAP) y demás realizarán un reportando estados financieros de propósito especial, preparados de acuerdo con las NIIF emitidas por el IASB.
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