Nuevas herramientas contra la corrupción – Ley 2195 de 2022

La Ley 2195 modifica el artículo 34 de la Ley 1474 de 2011, en donde menciona la responsabilidad de las personas jurídicas, con nuevas funciones y herramientas encaminadas a controlar a estas sociedades como son:

  • Competencia a cada una de las superintendencias o entes de supervisión, según estos ejerzan la vigilancia sobre la persona jurídica, para investigar y sancionar administrativamente a las empresas; 
  • Amplia los delitos sobre los cuales recaería la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas;
  • Por la comisión de delitos contra la administración pública, el medio ambiente, el orden económico y social, financiación del terrorismo y de grupos de delincuencia organizada, administración de recursos relacionados con actividades terroristas y de la delincuencia organizada, los consagrados en la Ley 1474 de 2011, o cualquier conducta punible relacionada con el patrimonio público, que hubieren sido realizados, directa o indirectamente; y (ii) Cuando la persona jurídica o sucursal de sociedad extranjera, domiciliados en Colombia se hubiere beneficiado o buscado beneficiarse, directa o indirectamente por la comisión de la conducta punible cometida por sus administradores o funcionarios; y (iii) Cuando la persona jurídica o sucursal de .sociedad extranjera, domiciliados en Colombia, consintió o toleró la realización de la conducta punible;, por acción u omisión, considerando la aplicación de sus respectivos controles de riesgo”

  • Sanciones de multa de hasta 200.000 SMLMV más el beneficio obtenido o pretendido por la persona jurídica, la remoción de los administradores u otros funcionarios, la inhabilidad de la persona jurídica para contratar con el Estado, la publicación de la sanción y la prohibición de recibir incentivos o subsidios del Gobierno;
  • Obligación de que las superintendencias o entes de vigilancia requieran a sus vigilados la implementación de programas de transparencia y ética empresarial.

También fortalece las facultades otorgadas a la Supersociedades para detectar, investigar y sancionar administrativamente a las personas jurídicas por conductas de soborno transnacional como: la sanción de multa por soborno transnacional, el beneficio obtenido o pretendido, se incluye la responsabilidad de las subsidiarias por conductas de la matriz en beneficio de la subsidiaria, se ajustan los requisitos para acceder a los beneficios por colaboración, se garantiza el acceso a información sujeta a cualquier tipo de reserva; se establecen nuevas tipologías de falsedades y omisiones en la contabilidad y se aumentan las sanciones administrativas para las personas jurídicas por incurrir en estas conductas; se garantiza el acceso al Registro Único de Beneficiarios Finales a la Entidad para el cumplimiento de sus funciones en materia de soborno transnacional, conglomerados e intervención por captación no autorizada. 

 

Seguimos atentos a los comentarios de las entidades regulatorias para informarles a todos de manera oportuna.

 

 

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