Precisiones sobre Ecosistema de Facturación Electrónica, una Mirada Al Futuro

Precisiones sobre Ecosistema de Facturación Electrónica, una Mirada Al Futuro

El ecosistema de facturación electrónica propuesto por la DIAN y el  que paulatinamente ha ido entrando en vigencia,  tiene como propósito ir adicionando las transacciones contables a fin de poder realizar las liquidaciones de impuestos y evitar la evasión fiscal:
Conozcamos algunas generalidades;
El ecosistema de Facturación electrónica incluye:
 Documento Soporte de Nomina Electrónica
 Factura electrónica de venta
 Documentos equivalentes
 Documento Soporte de operaciones con no Responsables
 Radian
Hasta la fecha han entrado en vigencia La Factura Electrónica, la cual ya está funcionando con validación previa y recepcionandose en los servicios informáticos electrónicos de la Dian, el próximo 18 de agosto entrara en funcionamiento el anexo técnico para nomina electrónica y Radian, con lo cual incrementaría el % de transacciones de las que Dian tendría la información y sobre las cuales controlara su deducción.
El documento soporte de nómina electrónica trasmitirá a la Dian toda la información de los asalariados que no solo será de beneficio para fiscalizar las deducciones por estos conceptos si no para asegurarse de que las empresas paguen de forma precisa los aportes de seguridad social, los cuales son vigilados por la compañera inseparable de la DIAN, UGPP
El documento soporte de operaciones con no responsables quedo aplazado para enero de 2022 y los documentos equivalentes electrónicos quedaron aplazados sin fecha definida según el Decreto 723 de 2021.
Es preciso aclarar la diferencia entre documento equivalente electrónico y documento soporte de operaciones con no responsables:
El primero es del que trata el Art 13 de la resolución 42 de 2020 Numeral 13 y tiene que ver con los doce documentos equivalentes vigentes y con los cuales aún se pueden soportar costos y deducciones para efectos del Impuesto de renta 1.Tiquete de máquina registradora con sistema POS, 2.Boleta de ingreso a cine, 3.Tiquete de transporte de pasajeros 4.Extracto expedido por sociedades financieras y fondos, 5.Tiquete de billetes de transporte aéreo de pasajeros, 6.Documento de juegos localizados, 7.boleta, fracción o formulario en juegos de suerte y azar diferentes de juegos localizados, 8.Documento expedido para el cobro de peajes 9.Documentos de operación de la bolsa de valores, 10.Documento de operaciones de la bolsa agropecuaria , 11.Documento expedido por los servicios públicos domiliarios, 12.Boleta de ingreso a espectáculos públicos y como último en el Numeral 13 está contemplado el Documento equivalente electrónico, que no es otra cosa si no la trasmisión electrónica a la Dian de los anteriores doce documento equivalentes.

Por otro lado, tenemos el documento soporte de operaciones con no responsables del cual trata el Art 55 de la resolución 42, el cual como lo estableció esta misma resolución entraría en vigencia a partir junio de 2021, mediante la resolución 12 de 2021 fue aplazado agosto 1 de 2021 y mediante la resolución 37 nuevamente para agosto del 2021, una vez quedo aplazado bajo la resolución 63 de 2021 para el mes de enero de 2022.
Si bien los mismo como lo vemos han quedado aplazados, sin embargo una vez entren en vigencia la Dian tendrá una gran parte o al menos la más significativa de las operaciones de los contribuyentes con las cuales podrá adelantar procesos de fiscalización más eficientes además de reducir notablemente la evasión fiscal, se esperaría entonces que para el año 2022 o 2023 la Dian pueda realizar las declaraciones sugeridas de personas naturales y jurídicas, con más precisión de lo que ha venido presentando hasta el momento (nada puede estar más lejos de la realidad) e incluso se esperaría que la UGPP pueda avanzar a paso acelerado con los procesos de persecución a independientes por los pagos correspondientes a seguridad social.
Pocas son las transacciones que quedarían por fuera del radar de la DIAN y a precisión del contribuyente, las depreciaciones, amortizaciones, notas de ajuste y el costeo, siendo el ultimo el de mayor importancia dada su representatividad frente a la liquidación del impuesto.

¿Qué podemos esperar bajo este panorama en el futuro próximo? El inventario electrónico quizás, o porque no, un poco más allá la contabilidad electrónica, como un regalo para los contadores como lo anuncio el Gerente de Facturación electrónica de la Dian Dr. Mario Márquez en su columna para el diario la Republica (acá dejo el enlace para quien desee leerlo https://www.larepublica.co/analisis/mario-jose-marquez-3132964/libro-de-compras-y-ventas-electronico-3178055), EL cual sin duda alguna seria nuestro mejor regalo, avanzar en dejar de ser profesionales dedicando la mayor parte de nuestro tiempo a sacar reportes de información repetida para enviar a la DIAN (declaraciones, exógena…) y poder enaltecer la profesión de manera que nos convirtiésemos en esos contadores analíticos generando estrategias de maximicen de beneficios, en brindar a los usuarios de la información financiera información más útil para que puedan tomar mejores decisiones que impacten la economía manteniéndola en dinamismo.

También es preciso mirar las oportunidades que este nuevo panorama que se avecina y avanza puede traer para los contribuyentes; Las empresas podrán hacer uso del Radian e incrementar sus posibilidades de financiación, también tiene la oportunidad de realizar planeaciones tributarias que permitan con sanas prácticas optimizar sus impuestos.


Miryam Chávez Bravo





 

 

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